Seguros de Accidentes Personales
COBERTURA BÁSICA:
MUERTE ACCIDENTAL (MA) O GASTOS FUNERARIOS La Compañía Aseguradora, pagará la suma asegurada contratada, a los beneficiarios designados por el Asegurado ó a los designados por el juez (En su caso), si este fallece a consecuencia de un Accidente cubierto por la póliza, siempre que esto ocurra en un plazo no mayor de 90 días, posterior a la fecha en que sufrió el Accidente.COBERTURAS ADICIONALES:
- PERDIDA ORGANICA DE MIEMBROS (PO) La Compañía Aseguradora pagará al propio Asegurado o a sus beneficiarios un porcentaje de la suma asegurada, según se estipula en la escala de indemnización (A ó B) elegida por el Asegurado al contratar la póliza y en base a la pérdida sufrida, siempre que la pérdida ocurra en un plazo no mayor de 90 días, posteriores a la fecha en que sufrió el Accidente.
- INCAPACIDAD POR ACCIDNETE (IA) Si a consecuencia de un accidente, el Asegurado sufriera un estado de invalidez, según las especificaciones descritas en la póliza, la Cía. Aseguradora pagará las indemnizaciones estipuladas de acuerdo a la carátula de dicha póliza.Normalmente se fija un límite de indemnización diaria, que se pagará en caso de incapacidad total o parcial, temporal o permanente.
- REEMBOLSO DE GASTOS MEDICOS POR ACCIDNETE (RGMA) Generalmente quedaran cubiertos todos los gastos médicos que el Asegurado
realice para tratar de restablecer su salud biológica o aliviar algún padecimiento
adquirido dentro de la vigencia de la póliza y siempre que exista un Accidente
cubierto por la póliza. El periodo máximo de los gastos cubiertos será por un
año y los gastos se liquidarán al Asegurado bajo el sistema de reembolso (El
Asegurado paga y después reclama)
Nota: Para las tres coberturas adicionales es forzosa la contratación de la cobertura básica de Muerte Accidental (MA) y en esta última, como ya se mencionó anteriormente, generalemente opera con un deducible a cargo del Asegurado que se aplica por evento.
PRINCIPIOS BASICOS DEL SEGURO DE AP
- El evento cubierto en las pólizas de Muerte Accidental y de Pérdidas Orgánicas
deberá presentarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.
- En el caso de la cobertura de reembolso de gastos médicos por accidente y de la de incapacidad por accidente, el aviso a la Compañía de Seguros y el primer gasto que efectuado por el Asegurado deberá ocurrir dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que ocurrió el Accidente.
Nota: La indemnización máxima en uno ó en varios eventos será el 100% de la Suma Asegurada.
POLITICAS DE CONTRATACION
- Cobertura de Pérdidas Orgánicas: Esta cobertura adicional se contrata con una suma asegurada igual a la cobertura básica de Muerte Accidental y como se menciono anteriormente existen dos escalas para contratar:
- Cobertura de Incapacidad por Accidente (IA):
Generalmente esta cobertura adicional se contrata con una suma asegurada igual al 60% de los ingresos comprobables del Asegurado. - Cobertura de Reembolso de Gastos Médicos por Accidente (RGMA):
Generalmente esta cobertura adicional se contrata con una suma asegurada igual al 25% de la suma asegurada contratada en la cobertura básica de Muerte Accidental. - Existe un Paquete Tradicional de AP:
Generalmente este “paquete tradicional” incluye las coberturas de Muerte Accidental, Pérdidas Orgánicas y el Reembolso de Gastos Médicos por Accidente.Edad de Aceptación:
MA= 12 - 65, Cancelación a los 70 años.
PO= 00 - 65, Cancelación a los 70 años.
IxA= 16 - 65, Cancelación a los 70 años.
RGMxA= 00 - 65, Cancelación a los 70 año
NOTA: AL RECIBIR SU PÓLIZA VERIFIQUE SUS DATOS Y LEA LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTA, EN ELLA ENCONTRARÁ DESCRITAS LAS COBERTURAS, EXCLUSIONES Y ENDOSOS QUE ESTÁ CONTRATANDO.