Seguro de Autobuses y Taxis
COBERTURAS BÁSICAS
El seguro para Autobuses y para Taxis, es muy similar entre sí, ya que en ambos casos, además de contar con las coberturas básicas del ramo de automóviles, se contemplan coberturas dirigidas a garantizar la protección de los pasajeros y sus pertenencias, mientras se encuentren abordando, descendiendo o viajando dentro del vehículo asegurado.
Daños Materiales
Al igual que en la póliza de automóviles, se cubren prácticamente todos los daños físicos, ya sean parciales o totales, que sufra al vehículo asegurado.
Límite máximo de la cobertura: (Suma Asegurada):
- Valor Comercial
- Valor Convenido o Valor Factura (Sólo automóviles del año).
Deducible (De aplicación variable)
- Para todos los Daños Materiales, generalmente se aplica el 5% del Valor Comercial del Automóvil al momento del siniestro.
- Para Rotura de Cristales se aplica un deducible del 20% sobre el valor del cristal dañado.
Robo Total
Cubre al vehículo asegurado contra el robo total (El robo parcial no está cubierto), así como los daños que pueda sufrir a consecuencia del mismo.
Límite máximo de la cobertura (Suma Asegurada):
- Valor Comercial.
- Valor Convenido o Valor Factura (Sólo automóviles del año).
Deducible para Robo Total:
Generalmente aplica el 20% del Valor Comercial del vehículo al momento del siniestro.
Accidentes al Conductor ( Gastos médicos)
Mediante esta cobertura, a diferencia del ramo de automóviles, se cubre la muerte y todas las lesiones corporales que a consecuencia de un accidente automovilístico sufra el conductor del vehículo asegurado, mientras se encuentre conduciendo el vehículo asegurado, entre ellos; Fallecimiento, Gastos funerarios, pérdida orgánica de miembros (Según tabla) y gastos médicos por accidente (Estudios de rayos X, hospitalización, tratamiento, medicamentos, etc.).
Límite máximo de la cobertura (Suma Asegurada):
Límite de edad: 18 a 69 años.
Deducible: No aplica.
Responsabilidad Civil (RC).
RC Daños a Terceros (Personas y bienes):
Al igual que en el seguro de automóviles, se cubren los daños causados a terceras personas, por el vehículo asegurado (Personas no dependientes del conductor, que al ocurrir el siniestro no ocupen el vehículo asegurado y bienes que no pertenecen al Asegurado y/o conductor)
Límite máximo de la cobertura (Suma Asegurada)
Deducible: Varios DSMDF (Según políticas de cada Compañía). DSMDF = Días de Salario Mínimo en el DF (100, 200, etc.)
RC Viajero (Daños a los pasajeros y a sus bienes):
El objetivo de esta cobertura es garantizar a los pasajeros - En base a lo requerido en el Artículo 127 de la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC) - mientras abordan, descienden y viajan dentro del vehículo asegurado, el pago de las indemnizaciones por las que fuera responsable el Asegurado y/o Contratante, por daños al pasajero en su persona (Muerte, Invalidez, Gastos Médicos, Gastos Funerarios) y daños o perdidas del equipaje y demás objetos de su propiedad o posesión, hasta agotar la suma asegurada.
Estatal: Para autobuses urbanos, taxis y transporte escolar. Límite mínimo de la cobertura por Asegurado:
- 1,500 DSMDF (Muerte e Invalidez total).
- 1,260 DSMDF (Gastos Médicos).
- 240 DSMDF (Gastos Funerarios).
- 50 DSMDF (Gastos por el Equipaje).
Federal: Para autobuses foráneos de pasajeros. Límite mínimo de la cobertura por Asegurado:
- 3,160 DSMDF (Muerte e Invalidez total).
- 1,260 DSMDF (Gastos Médicos).
- 240 DSMDF (Gastos Funerarios).
- 50 DSMDF (Gastos por el Equipaje)
NOTA: AL RECIBIR SU PÓLIZA VERIFIQUE SUS DATOS Y LEA LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTA, EN ELLA ENCONTRARÁ DESCRITAS LAS COBERTURAS, EXCLUSIONES Y ENDOSOS QUE ESTÁ CONTRATANDO.