Seguro de Gastos Médicos Grupo


CONTRATACIÓN

  • Para efectuar la contratación de la póliza, además de la información proporcionada para la cotización, es necesario recabar los siguientes documentos:
  • La solicitud maestra del seguro de grupo, debidamente firmada por el apoderado legal de la empresa contratante.
  • Copia de identificación oficial (IFE ó Pasaporte) del apoderado legal de la empresa contratante.
  • Las solicitudes y/o consentimientos firmados por cada asegurado (Cuando son solicitados), en donde se manifiesta el estado de salud de los asegurados y sus dependientes.
  • Además de lo anterior, es necesario cumplir con los requisitos de la SHCP expuestos en el artículo 140 de la LGISMS (ID de la empresa), para la expedición de la póliza.

ADMINISTRACIÓN

La administración de la póliza puede ser:
  • Normal: Se requieren las solicitudes y/o consentimientos individuales firmados (Cuando son solicitados) para dar de alta a los asegurados. Las Altas o las Bajas deben ser reportadas a la Compañía Aseguradora dentro de los primeros 30 días siguientes a la fecha en que ocurren, así que cada vez que se da el movimiento se modifica el recibo siguiente para su cobro. (Altas y bajas se cobran al momento de
  • Auto administrada (Negocios grandes): No se requieren las solicitudes y/o consentimientos individuales de cada Asegurado para darlos de alta (Con un simple listado será suficiente (Nombre, categoría (Titular, cónyuge, hijo), edad ó fecha de nacimiento y sexo de los Asegurados y sus dependientes (Si estos se van a asegurar). Las altas y bajas se reportan a la Compañía Aseguradora, ya que para otorgar el servicio en los hospitales se requiere el alta en el sistema del asegurado. Las primas originadas a los movimientos efectuados, son ajustadas al final de la vigencia de la póliza y se cobra a la empresa mediante un recibo ó nota de crédito. Combinada ó simplificada (Normal y Auto administrada).
  • Para la administración y cobro de las Altas y Bajas de los asegurados dentro de la póliza, se aplicará una especie de Cuota Promedio, que se define como: La prima total entre el número de asegurados, por mes entero de permanencia en el grupo.
  • Las Altas (Nuevos empleados, matrimonios y nacimientos) deberán realizarse a más tardar, dentro de los primeros 30 días siguientes a la fecha en que tuvieron origen. Después de esta fecha, la Aseguradora podrá exigir pruebas de asegurabilidad (Cuestionarios, exámenes médicos, pruebas de laboratorio, etc.), y en su caso excluir o limitar el beneficio a ese asegurado.
  • Las Bajas serán efectivas en el momento en que el trabajador abandone definitivamente la empresa (Siempre y cuando sean reportadas), ya que automáticamente quedará sin cobertura desde el momento en que deja de pertenecer a la misma.
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