Gastos Médicos individual y Familiar


TIPOS DE SEGUROS SEGÚN SUS COBERTURAS

COBERTURA NACIONAL
Planes con cobertura exclusivamente con cobertura en territorio nacional.
INTERNACIONALES
Planes con cobertura en territorio nacional y en el extranjero.

PRINCIPALES COBERTURAS

a) GASTOS CUBIERTOS
Generalmente quedaran cubiertos todos los gastos médicos que el Asegurado realice para tratar de restablecer su salud biológica o aliviar algún padecimiento adquirido dentro de la vigencia de la póliza y siempre que exista un diagnóstico definitivo cubierto por la póliza, como son: Gastos médicos dentro de la clínica u hospital (Cuarto privado estándar, alimentos, uso de sala de operaciones o recuperación, equipo de anestesia, estancia en salas de terapia intensiva o intermedia, tratamientos de quimioterapia, radioterapia, fisioterapia, honorarios por atención de enfermeras, médicos tratantes y especialistas, electrocardiogramas, encefalogramas, análisis de laboratorio, estudios de Rayos x, tomografía axial computarizada (TAC), resonancia magnética, medicamentos, etc.

b)GASTOS NO CUBIERTOS (EXCLUSIONES)
Generalmente quedaran excluidos todos los padecimientos preexistentes (Adquiridos antes de la contratación de la póliza), así como, los padecimientos congénitos para aquellos Asegurados que nacieron fuera de la póliza, los padecimientos excluidos por la cláusula de período de espera, aunque se trate de una urgencia médica, los cuales serán cubiertos al terminar dicho periodo, padecimientos ocurridos en cualquier periodo al descubierto (Póliza vencida o no pagada), tratamientos estéticos, tratamientos psicológicos, dietéticos, de obesidad, anorexia, bulimia, tratamientos de infertilidad, esterilidad, control natal, impotencia sexual, tratamientos de miopía, presbiopía, hipermiopía, astigmatismo, padecimientos ocurridos por culpa grave del Asegurado (Ocupación, deportes o aficiones peligrosas, pruebas de velocidad, alcoholismo, toxicomanía y drogadicción, automutilación o intentos de suicidio), así como, los estudios o análisis practicados, sin que resulte un diagnóstico definitivo de algún padecimiento (Check-up), etc.

COBERTURAS O BENEFICIOS ADICIONALES

Al igual que la mayoría de los diferentes tipos de seguros, el de Gastos Médicos Mayores, cuenta con muchas coberturas o beneficios adicionales… por supuesto que esto, dependerá de cada Compañía Aseguradora.

  • Cobertura en el Extranjero: La cobertura básica es en territorio nacional, sin embargo, esta se puede extender al extranjero, cambiando algunas de las condiciones de la póliza (Suma Asegurada, Deducible, Coaseguro, Prima, etc.).
  • Cobertura de Emergencia en el Extranjero: Cobertura limitada, que se añade a la póliza con cobertura nacional y que cubre exclusivamente las emergencias en el extranjero. Generalmente se cuenta con una suma asegurada de $50,000.00 Dls., con deducible de $50.00 Dls.
  • Cobertura de Franja Fronteriza: Cobertura limitada generalmente a varios kilómetros (50 Km de la frontera) que cubre la atención del Asegurado en la franja fronteriza del extranjero.
  • Cobertura de Padecimientos Catastróficos en el Extranjero: Cobertura que permite al Asegurado – teniendo una póliza de cobertura nacional, ir a atenderse al extranjero de algunos padecimientos catastróficos y/o trasplantes.
  • Cobertura de Ambulancia Privada (EMME, Medica Móvil, etc.): Cobertura que presta un servicio médico al Asegurado (Consulta, asistencia, ambulancia, etc.).
  • Cobertura de Disminución o Anulación del Deducible por Accidente: Cobertura que disminuye o anula el Deducible, al ocurrir un accidente.
  • Cobertura de Disminución o Anulación del Deducible y/o Coaseguro por Accidente o Enfermedad: Cobertura que opera en algunas pólizas, siempre que el Asegurado se atiende con Médicos y en una Clínica u Hospital de convenio o RED con la Aseguradora.
  • Cobertura de Indemnización por Hospitalización: Está cobertura proporciona al Asegurado una indemnización diaria por hospitalización. La suma asegurada es determinada por el Asegurado y el plazo también (Desde 30 días hasta 2 años).
  • Cobertura de Seguro de Familiar (Extensión de la Protección Familiar): Esta cobertura opera dando protección por algunos años (Generalmente 5 años) a los familiares del Asegurado titular, si este fallece o se incapacita total y permanentemente a consecuencia de un padecimiento cubierto por la póliza.
  • Cobertura de Enfermedades Terminales: Está cobertura paga la suma asegurada especificada en la carátula de la póliza, si el Asegurado sufre una enfermedad Terminal, de las que se describen en la póliza.
  • Cobertura de Gastos Funerarios y Repatriación de Restos: Está cobertura pagará los gastos funerarios del Asegurado y los de Repatriación (En su caso), si este fallece a consecuencia de un padecimiento cubierto por la póliza.
  • Cobertura de Gastos Médicos Menores: Cobertura que proporciona un servicio al Asegurado, ya que le brinda la posibilidad de ahorrarse fuertes cantidades de dinero, al atenderse de padecimientos que no rebasan el deducible de su póliza de gastos médicos mayores o que no están cubiertos por la misma. Esto generalmente se lleva a cabo, en una Clínica, Hospital o a través de una Red de prestadores de servicio en convenio con la Aseguradora (Consultorios médicos, servicios dentales, oftalmológicos, así como, laboratorios, farmacias, etc.), a precios económicos y muy razonables.
  • Cobertura de Deducibles Altos (En exceso): Cobertura que permite a los Asegurados contratar una póliza de “seguro en exceso” de su deducible normal. Generalmente se contrata una póliza individual con suma asegurada sin límite, en adición a una póliza de grupo con suma asegurada limitada. El deducible de la póliza en exceso deberá ser igual o menor a la suma asegurada de la póliza de grupo. Cuando la póliza de grupo agote su suma asegurada, entrará la suma asegurada de la póliza en exceso y el pago del deducible, será equivalente a la reclamación pagada por la póliza de grupo. Para evitar posibles sospechas de especulaciones (Reclamaciones dobles), es necesario dar aviso a la Compañía con la que se pretende comprar la póliza en exceso, de que se cuenta ya con una póliza de grupo o individual y que se está contratando esta segunda póliza que operará cuando la primera se agote.

NOTA: AL RECIBIR SU PÓLIZA VERIFIQUE SUS DATOS Y LEA LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTA, EN ELLA ENCONTRARÁ DESCRITAS LAS COBERTURAS, EXCLUSIONES Y ENDOSOS QUE ESTÁ CONTRATANDO.


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